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viernes, abril 26, 2024

APOYOS A LA DISCAPACIDAD: RETO NECESARIO (Por Rosario Palacios)

APOYOS A LA DISCAPACIDAD: RETO NECESARIO

Por Rosario Palacios Herruzo

A los notarios, en contacto permanente con las personas, nos preocupa especialmente  la situación civil de  las personas  con discapacidad intelectual. A diario en las notarías nos enfrentamos a situaciones muy duras, como, por ejemplo, el caso de personas que por su edad avanzada han perdido facultades y necesitan vender un bien   de   su propiedad para cubrir  sus  necesidades vitales.  En ocasiones,  sin embargo, no podemos   autorizar  estas  ventas   por chocar con una normativa, que hoy se nos antoja excesivamente protectora (hasta el punto de privar de derechos básicos), restrictiva y obsoleta (son normas que datan del siglo XIX) que difícilmente se entienden en la actualidad.

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Rosario Palacios

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En el último tercio del pasado siglo, desde Naciones Unidas se alertó de  la  necesidad  de dar un  nuevo enfoque  a   la normativa reguladora  de  los  derechos  humanos  de  las personas con discapacidad. De hecho, España ratificó la CONVENCIÓN DE LA ONU DE 13 DE DICIEMBRE DE 2006 SOBRE LOS DERECHOS DELAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Dicha convención parte de la premisa de sustituir un modelo legislativo “médico o rehabilitador ”por un modelo “social”. Esto significa cambiar la eliminación de la capacidad  de  obrar  y sustitución del   individuo  en   la   toma  de decisiones,  por  la inclusión,  las   limitaciones   puntuales  en  la capacidad  de  obrar  y  los apoyos  al  individuo   en   su  toma   de decisiones. Contamos con algunos avances de relevancia tales como la LO 2/2018 (tras la que ya no cabe privar del derecho de voto a las personas con discapacidad) y la ley 15/2015, que modifica el Código Civil ampliando  el derecho  de   las personas  con discapacidad  a contraer matrimonio.

Aspiramos a que se acometa una reforma legal integral y que el Anteproyecto de Ley por el que se reforma la legislación Civil y Procesal   en   materia   de   Discapacidad,   cuya andadura ya se  ha iniciado pronto se convierta en una realidad. Se impone implantar un sistema   de   apoyos  (opuesto  a  la incapacitación  tradicional y  al nombramiento de tutor) que permita adoptar medidas de protección o  apoyos   de   modo muy  concreto  y específico   a   la   persona,   en relación con el acto o negocio que pretenda realizar. Ello supondrá –desde el punto   de   vista   práctico   ya   se   observa   en  muchas sentencias– la supresión  de  figuras  que  sustituyen  al mismo individuo en el ejercicio de la globalidad de sus derechos, como la tutela o la patria potestad prorrogada o rehabilitada, por la curatela o la guarda  de  hecho (más flexibles  y  que  tienden a  completar  la capacidad de obrar de las personas, en lugar de a sustituirla).

La  regulación  actual  debe dar respuesta  a  la  realidad de nuestro tiempo. No es lógico que los derechos de las personas con discapacidad se contemplen de modo diferente. Es llamativo que la mayor parte de las normas que aplicamos a diario daten de 1881 y 1889. Todo cambia, evoluciona….Muchos dirán “siempre ha sido así”, pero ¿acaso no han cambiado y, como consecuencia, mejorado las normas que regulaban la situación de la mujer, las sociedades mercantiles, los trabajadores, el matrimonio…? Dejemos a un lado, y para  siempre, la lástima, la  compasión  y  la  pena   ante   la discapacidad, e impulsemos una regulación digna y justa en la que la   igualdad  de  todos los derechos humanos y libertades fundamentales, y el reconocimiento pleno de su dignidad dejen de ser una mera declaración de principios.

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