Charo González Domínguez (Pedagoga-logopeda) y Coordinadora C.D.O y C.D JUAN XXIII.DISGENIL, aborda este asunto importante para la sociedad tras decretarse el estado de alarma.
El Ministerio de Sanidad permite expresamente las salidas del domicilio por “motivos terapéuticos” para determinadas personas con discapacidad que no pueden soportar confinamientos indefinidos en sus viviendas durante el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En concreto, la actividad de circulación por las vías de uso público permitida para la realización de actividades de asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.1.e) del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como la realización de las actividades por causa de fuerza mayor o situación de necesidad previstas en el artículo 7.1.g) del citado real decreto, habilitan a las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de alarma, y a un acompañante, a circular por las vías de uso público, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.
El 20 de marzo, el Ministerio de Sanidad publicó en una instrucción ministerialen la que se ampliaba el permiso de circular por la vía pública, es decir, pasear, a personas con discapacidad que tengan alteraciones conductuales, que venía recogida en el Real Decreto del estado de alarma.
El Gobierno considera que personas con discapacidad que tengan algún trastorno del espectro autista (TEA) o conductas disruptivas (dificultades de autocontrol, rabietas, auto-agresiones…) pueden salir a la calle a pasear para evitar que la situación de confinamiento derivada del estado de alarma agrave su condición.
A estas personas se les permite salir a la calle “por necesidad” y también se permite que les pueda acompañar otra persona, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.
Porque el confinamiento puede agravar la situación de algunas personas por:
- El hecho de tener que adaptarse y comprender una nueva realidad rápidamente (en este caso el confinamiento), puede resultar estresante y provocar ansiedad en estas personas, que normalmente tienen rutinas estables y predecibles.
- Personas con TEA pueden manifestar conductas negativas y desafiantes que les lleven a contradecir las medidas establecidas.
- Esta situación no solo afecta a personas con TEA sino también a familiares y personas cercanas con las que puedan convivir.