La Junta de AndalucÃa junto con la nueva medida por la que se establece el uso obligatorio de la mascarilla ha modificado el apartado sobre velatorios y entierros de la Orden de 19 de junio de 2020, destacando que los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un lÃmite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o de 10 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en el funeral o en la comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de veinticinco personas, entre familiares y allegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
Además, en el caso de que en el local se preste algún tipo de servicio de hostelerÃa y restauración, esto se ajustará a lo previsto en las condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelerÃa y restauración. Siempre se deberá mantener la distancia de seguridad interpersonal en las instalaciones y será obligatorio el uso de la mascarilla.