El grupo socialista llevarĆ” al pleno del mes de septiembre en el Ayuntamiento de Puente Genil una moción para que la Junta de AndalucĆa Ā«revise todos los expedientes anteriores al Real Decreto 2023″ de la Ley de Dependencia. SegĆŗn explicó el portavoz del PSOE, Esteban Morales, que, entre otras medidas unaĀ» subida las cuantĆas de las ayudas a la dependencia y las horas de asistencia a domicilioĀ». TambiĆ©n solicitarĆ”n al consistorio local que Ā«el Ayuntamiento refuerce el Ć”rea de Servicios Sociales para que no suponga un colapsoĀ», las nuevas tramitaciones y en tercer lugar que el ayuntamiento lleve a cabo Ā«una campaƱa informativa a las familias de los dependientesĀ» . No obstante, este grupo municipal atenderĆ” en su sede, en la calle FernĆ”n PĆ©rez a las personas quienes quieran informarse sobre las nuevas medidas.
En cuanto a las prestaciones económicas, Ā«crecen las mĆ”ximas y se imponen, por primera vez, unas cuantĆas mĆnimas.
Las nuevas cuantĆas entraron en vigor el pasado 1 de agosto. Las mĆnimas, que se establecen por primera vez, son de 100 euros al mes en grado I, 150 para grado II y 200 euros para grado III. Esa es la cantidad que, como mĆnimo, deben recibir. De ahĆ para arriba dependerĆ” de cada comunidad autónoma.
Lo mismo pasa con las mĆ”ximas mensuales, que tambiĆ©n suben. En concreto, las ayudas para servicios (pago de residencias, centros de dĆaā¦) pasan de 300 a 313,50 en personas dependientes de grado I, de 426,12 a 445,30 en grado II y de 715,07 a 747,25 en grado III. AdemĆ”s, la norma aumenta esas cantidades en determinados tipos de servicios: quienes la reciban para el pago de residencias cobrarĆ”n igual, 747,25 mĆ”ximos al mes, sean de grado II o III (porque se entiende que el coste es muy similar en ambos casos); y en el caso de centros de dĆa la cuantĆa serĆ” la misma (445,30 euros mensuales) sean de grado I o II, por la misma razón.
Las cuantĆas mĆ”ximas para el pago de cuidadores profesionales sean iguales para grado II y III, de 747,25 euros al mes, frente a los 313,5 mĆ”ximos mensuales para grado I. Todo eso, frente a los 300, 426,12 y 715,07 actuales, dependiendo del grado.
Pero las que mƔs suben son las ayudas para cuidadores no profesionales del entorno familiar, que pasan de 153 a 180 (grado I), de 268,79 a 315,90 (grado II) y de 387,64 a 455,50 euros mƔximos mensuales (grado III).
MƔs facilidades para cuidadores no profesionales
AdemĆ”s, el decreto relaja las exigencias para que una persona pueda acreditarse como cuidador no profesional y recibir esa ayuda. Hasta ahora, la norma exigĆa que se tratara de familiar de hasta tercer grado, solo en casos muy explĆcitos y justificables aceptada cuidadores que no fueran familiares directos y exigĆa la acreditación de un aƱo de cuidados antes de recibirlo. Ahora, ademĆ”s de eliminar esta Ćŗltima exigencia, amplĆa a cuarto grado de consanguineidad y flexibiliza la posibilidad, en general, de que se trate de no familiares, a los que les pedirĆ” convivencia en grados II y III.
En paralelo, la norma amplĆa el nĆŗmero de horas de ayuda a domicilio y aƱade una aclaración: las comunidades autónomas pueden ofrecer mĆ”s. Y quedan asĆ: pasa de las 20 horas actuales a entre 20 y 37 para grado I, de 21-45 a 38-64 (grado II) y de entre 46 y 70 a entre 65 y 94 (III). AdemĆ”s, elimina un punto que permitĆa que la teleasistencia avanzada fuera la Ćŗnica vĆa de ayuda en algunos casos, aclarando que ese servicio siempre tiene que ser complementario a otros.