El grupo socialista llevarĆ” al pleno del mes de septiembre en el Ayuntamiento de Puente Genil una mociĆ³n para que la Junta de AndalucĆa Ā«revise todos los expedientes anteriores al Real Decreto 2023″ de la Ley de Dependencia. SegĆŗn explicĆ³ el portavoz del PSOE, Esteban Morales, que, entre otras medidas unaĀ» subida las cuantĆas de las ayudas a la dependencia y las horas de asistencia a domicilioĀ». TambiĆ©n solicitarĆ”n al consistorio local que Ā«el Ayuntamiento refuerce el Ć”rea de Servicios Sociales para que no suponga un colapsoĀ», las nuevas tramitaciones y en tercer lugar que el ayuntamiento lleve a cabo Ā«una campaƱa informativa a las familias de los dependientesĀ» . No obstante, este grupo municipal atenderĆ” en su sede, en la calle FernĆ”n PĆ©rez a las personas quienes quieran informarse sobre las nuevas medidas.
En cuanto a las prestaciones econĆ³micas, Ā«crecen las mĆ”ximas y se imponen, por primera vez, unas cuantĆas mĆnimas.
Las nuevas cuantĆas entraron en vigor el pasado 1 de agosto. Las mĆnimas, que se establecen por primera vez, son de 100 euros al mes en grado I, 150 para grado II y 200 euros para grado III. Esa es la cantidad que, como mĆnimo, deben recibir. De ahĆ para arriba dependerĆ” de cada comunidad autĆ³noma.
Lo mismo pasa con las mĆ”ximas mensuales, que tambiĆ©n suben. En concreto, las ayudas para servicios (pago de residencias, centros de dĆaā¦) pasan de 300 a 313,50 en personas dependientes de grado I, de 426,12 a 445,30 en grado II y de 715,07 a 747,25 en grado III. AdemĆ”s, la norma aumenta esas cantidades en determinados tipos de servicios: quienes la reciban para el pago de residencias cobrarĆ”n igual, 747,25 mĆ”ximos al mes, sean de grado II o III (porque se entiende que el coste es muy similar en ambos casos); y en el caso de centros de dĆa la cuantĆa serĆ” la misma (445,30 euros mensuales) sean de grado I o II, por la misma razĆ³n.
Las cuantĆas mĆ”ximas para el pago de cuidadores profesionales sean iguales para grado II y III, de 747,25 euros al mes, frente a los 313,5 mĆ”ximos mensuales para grado I. Todo eso, frente a los 300, 426,12 y 715,07 actuales, dependiendo del grado.
Pero las que mƔs suben son las ayudas para cuidadores no profesionales del entorno familiar, que pasan de 153 a 180 (grado I), de 268,79 a 315,90 (grado II) y de 387,64 a 455,50 euros mƔximos mensuales (grado III).
MƔs facilidades para cuidadores no profesionales
AdemĆ”s, el decreto relaja las exigencias para que una persona pueda acreditarse como cuidador no profesional y recibir esa ayuda. Hasta ahora, la norma exigĆa que se tratara de familiar de hasta tercer grado, solo en casos muy explĆcitos y justificables aceptada cuidadores que no fueran familiares directos y exigĆa la acreditaciĆ³n de un aƱo de cuidados antes de recibirlo. Ahora, ademĆ”s de eliminar esta Ćŗltima exigencia, amplĆa a cuarto grado de consanguineidad y flexibiliza la posibilidad, en general, de que se trate de no familiares, a los que les pedirĆ” convivencia en grados II y III.
En paralelo, la norma amplĆa el nĆŗmero de horas de ayuda a domicilio y aƱade una aclaraciĆ³n: las comunidades autĆ³nomas pueden ofrecer mĆ”s. Y quedan asĆ: pasa de las 20 horas actuales a entre 20 y 37 para grado I, de 21-45 a 38-64 (grado II) y de entre 46 y 70 a entre 65 y 94 (III). AdemĆ”s, elimina un punto que permitĆa que la teleasistencia avanzada fuera la Ćŗnica vĆa de ayuda en algunos casos, aclarando que ese servicio siempre tiene que ser complementario a otros.