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jueves, abril 25, 2024

Desde hoy quedan prohibidas las barras libres en eventos y reducido el aforo

La nueva modificación de la Orden de la Junta de Andalucía recoge cambios en el área de hostelería y celebración de eventos. En este caso, se establece que los salones de celebraciones tendrán un máximo del 75% del aforo, con celebraciones que no superarán las 150 personas al aire libre y 100 en espacios cerrados y que deben cumplir con los horarios previstos para hostelería. Asimismo, el consumo de bebida y comida se hará exclusivamente en mesa.

De igual modo, podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos sin superar el 75% del aforo y manteniendo la distancia interpersonal establecida, el uso de mascarilla y la estricta higiene de manos

. Estos eventos podrán realizar su actividad hasta la 1.00 horas y la ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas. En los eventos multitudinarios que se celebren en espacios cerrados y concentren a más de 200 personas o 300 personas si son al aire libre, se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria.

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Actividades de tiempo libre y animación

Podrán realizarse actividades de tiempo libre destinadas a la población infantil y juvenil cuando éstas se lleven a cabo al aire libre con un aforo máximo del 75% o 150 participantes. De realizarse en un espacio interior, el aforo no superará el 50% de la capacidad, hasta un máximo de 100 participantes, incluyendo los monitores.

Por su parte, las actividades de animación o clases grupales en alojamientos turísticos tendrán un aforo máximo de 15 personas, respetando distancia de seguridad y uso de mascarilla, y se realizarán preferentemente al aire libre. Las actividades de turismo activo y de naturaleza se podrán realizar en grupos de hasta 30 personas y en aquellas actividades con guía turístico no se superarán los 20 participantes.

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