El alcalde de Puente Genil, Esteban Morales, realiza una valoración de la medida adoptada por el presidente de Andalucía, Juanma Moreno sobre el cierre perimetral de toda la zona sur de la provincia. Informa que “después de una llamada con el delegado del Gobierno de la Junta en Córdoba, y tras haber escuchado al presidentes es una medida esperable”. Ya que en Puente Genil “ habíamos adoptado medidas de restricción de aforo en las terrazas hace siete días, por lo que comprendemos que había que tomarlas”.
Ahora queda esperara que “sea suficiente para que después del 9 de noviembre tengamos unos datos que permitan tener la situación más controlada a nivel sanitario , con una entrada de noviembre diferente a la salida de octubre”. En definitiva, “acatamos y vamos a hacer cumplir las medidas en Puente Genil”.
Esta medianoche tendrá lugar el cierre perimetral de Andalucía desde la medianoche del jueves al viernes y durante los 11 días siguientes.Hasta las 24 h. del 9 de noviembre nadie podrá entrar o salir si no es por una causa justificada.
Además se llevará a cabo el cierre perimetral en los 29 municipios del Area Sur de Córdoba, en los que está incluido Puente Genil.
También se llevará a cabo el cierre perimetral de las provincias de Granada, Jaén y Sevilla, que se encuentran en nivel 4 de alerta definido por el Gobierno. Dentro de estas provincias se limitam la movilidad entre sus municipios. Sólo se podrá entrar o salir con causa justificada.
Y se procederá al cierre perimetral de los municipios englobados en los distritos sanitarios de Córdoba-Sur, La Vega de Málaga y Jerez-Costa Noroeste y Sierra de Cádiz.
En total: 448 municipios, 4.314.070 millones de andaluces, algo más de la mitad de nuestra población.
Al tiempo que se mantendrá la limitación de la movilidad nocturna entre las 11 de la noche y las 6 de la mañana, tal y como establece el decreto de estado de alarma. En coherencia con esta medida, se establece el cierre de establecimientos de hostelería a las 22.30 h. Las reuniones en el ámbito público y privado quedan limitadas a un máximo de seis personas, excepto aquellos grupos que sean convivientes, en los términos que establece el artículo 7 del decreto de estado de alarma.