Educación envía a los centros docentes las instrucciones del curso 21-22 reforzando la apuesta por la presencialidad. Para seguir garantizando la seguridad, contemplan una actualización de los protocolos Covid-19 manteniendo grupos de convivencia, desdobles, entradas y salidas escalonadas y el uso obligatorio de la mascarilla a partir de los seis años.
En 3º y 4º de la ESO, Bachillerato, FP y Régimen Especial los centros podrán optar por la docencia semipresencial y/o sincrónica solo en caso de que la localidad esté en niveles de alerta 3 ó 4.
La Consejería de Educación y Deporte ha enviado las instrucciones relativas a la organización de los centros docentes y a la flexibilización curricular para el curso escolar 21-22, recogiendo aportaciones tanto de los sindicatos de la Mesa Sectorial como de las asociaciones de directores y de las familias. El objetivo prioritario es seguir garantizando la seguridad en los centros educativos, tanto para el alumnado como de los profesionales del sistema, manteniendo los protocolos y las medidas que han permitido el éxito del curso escolar que acaba de finalizar, reforzando la apuesta por la presencialidad.
Respecto a los refuerzos docentes extraordinarios, continúan esta semana las reuniones de la mesa técnica de negociación con los sindicatos de la Mesa Sectorial.
Las instrucciones contemplan la actualización de los protocolos Covid-19, conforme a la situación actual de la pandemia y teniendo como referencia el documento de Medidas de prevención, protección, vigilancia y promoción de la Salud elaborado por la Consejería de Salud y Familias para los centros y servicios educativos docentes no universitarios de Andalucía de cara al curso 2021-22. Igualmente, como el curso pasado, los centros deberán incluir en sus protocolos planes de contingencia para afrontar los posibles efectos de situaciones de incidencia del virus bajo las indicaciones de las autoridades sanitarias.
Como han solicitado las familias, tanto el Protocolo como sus actualizaciones será publicados por los centros a través de los medios que determinen para conocimiento de la comunidad educativa. Igualmente, las instrucciones establecen que durante los primeros días de septiembre y antes del comienzo de las clases los centros trasladarán a las familias toda la información disponible sobre las medidas organizativas previstas para el desarrollo seguro del curso escolar.
Al inicio del curso, y para favorecer la adaptación del alumnado al desarrollo de hábitos de prevención y promoción de la salud, los centros docentes, en el marco del plan de acogida, podrán flexibilizar el horario lectivo con una duración máxima de tres días lectivos. A partir del cuarto día lectivo, el alumnado asistirá al centro docente en su horario habitual.
Con el fin de evitar las aglomeraciones en las entradas y salidas, los centros docentes podrán adoptar medidas de flexibilización horaria que, en función del tamaño del centro, podrán abarcar hasta una hora, habilitándose para ello, si fuese posible varias vías de entrada y salida. En esta organización se tendrá en cuenta, en su caso, la configuración de los grupos de convivencia escolar.
El documento subraya, dentro de las medidas organizativas, la necesidad de mantener los grupos de convivencia escolar, clave para la limitación del número de contactos y también para facilitar la información relevante en caso de sospecha o confirmación de un caso positivo.
En los casos en los que los centros escolaricen en un mismo nivel alumnado que pertenece al mismo núcleo familiar, serán agrupados en el mismo nivel y grupo de convivencia escolar y, en su caso, en el mismo aula, y en función de las posibilidades organizativas de los centros. El alumnado ocupará el mismo espacio físico en las aulas y servicios complementarios (pupitre, asiento, lugar de trabajo, comedor escolar…) con la finalidad de poder identificar en caso de contagio a los contactos de forma más precisa. El aula que utilice el grupo de convivencia y los espacios de recreo, el uso de los aseos o uso de zonas comunes deberán estar claramente delimitados.
Respecto al uso de la mascarilla, será obligatorio en todo momento dentro de las instalaciones del centro escolar, exceptuando a los menores de 6 años. No obstante, para los alumnos de entre 3 y 6 años también será obligatorio el uso de mascarilla fuera de su clase o grupo de convivencia (entrada y salida del centro, transporte escolar, zonas comunes, recreo etc).
El número de docentes que interviene en un grupo de convivencia escolar deberá ser el menor posible, atendiendo a las enseñanzas y etapas concretas. Para ello, se buscarán modelos en los que se tengan en cuenta las distintas atribuciones o habilitaciones del profesorado concreto de cada centro educativo, para el desarrollo de los distintos ámbitos, áreas, asignaturas, materias o módulos.
La Comisión Permanente del Consejo Escolar del centro actuará como Comisión Específica Covid-19, incorporando a la persona representante del Ayuntamiento, así como al coordinador de seguridad y salud y prevención de riesgos laborales del centro, y al personal de enfermería referente del Centro del Sistema Sanitario Público Andaluz.
La coordinación Covid del centro la asumirá la dirección del mismo, pudiendo delegar funciones en el resto de miembros del equipo directivo. Excepcionalmente podrá también delegar esta coordinación Covid en el miembro del claustro de profesores que hubiese ejercido esa función durante el curso 20-21. El coordinador Covid será quien mantenga el contacto con la persona de enfermería referente, que dirigirá y coordinará las actuaciones a realizar ante sospecha o confirmación de casos en un centro.
Los centros docentes de Infantil, Primaria, y en los dos primeros curso de Secundaria podrán establecer medidas de ajuste de los grupos de alumnos para aumentar la distancia interpersonal. Podrán consistir en la realización de desdobles que permitan bien crear más grupos de un mismo nivel o bien grupos mixtos. Igualmente, los centros podrán agrupar las distintas asignaturas en ámbitos de conocimiento en función de la habilitación del profesorado disponible en el centro docente.
Los centros docentes que imparten tercero y cuarto de ESO, Bachillerato, Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial podrán adoptar una organización curricular flexible solamente en el caso de que el municipio donde radican se encuentre en los niveles de alerta 3 o 4. En ese caso, podrán implantar dos posibles modelos que no son excluyentes: docencia sincrónica (presencial y telemática) y docencia en modalidad semipresencial, con asistencia parcial del grupo en los tramos horarios presenciales.