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viernes, marzo 29, 2024

Andalucía agiliza el proceso para conceder la Renta Mínima y así reducir la lista de espera

El Consejo de Gobierno da el visto bueno a un decreto ley para simplificar y digitalizar los trámites para obtener la prestación El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto ley a propuesta de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación para la modificación de las medidas extraordinarias puestas en marcha durante la pandemia por Covid-19 en relación con la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía, con el objetivo de agilizar y flexibilizar los trámites necesarios para su concesión. Se trata de un paquete de medidas administrativas, que incidirán directamente en la resolución de estos expedientes y, por lo tanto, en la reducción de la lista de espera y en los retrasos acumulados en estos procedimientos. En este sentido, y con el objetivo prioritario de seguir dando cobertura a las familias más vulnerables de la forma más eficaz y eficiente, el Gobierno andaluz hace más fácil a las personas usuarias el acceso a la Renta Mínima. Una prestación que, en legislaturas anteriores, ha estado infrafinanciada y que se concibió de forma difícil de gestionar por la cantidad de requisitos que exigía para su comprobación.

Ahora, y en el marco del proceso de digitalización y simplificación administrativa puesto en marcha por la Administración andaluza, la Renta Mínima de Inserción Social reduce el número de ítems a comprobar de forma documental a aquellos que únicamente no se puedan chequear de manera telemática. La norma aprobada modifica el Decreto Ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus, y el Decreto Ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medias complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus. Las modificaciones introducidas mediante este decreto ley, junto con la implementación del plan de choque de refuerzo de personal para la revisión de los expedientes resueltos con arreglo a las medidas extraordinarias implementadas, permitirán tramitar la práctica totalidad de los procedimientos en el periodo de seis meses de duración del mismo.

Con ello, se pretenden salvar las importantes dificultades en su tramitación que vienen arrastrando desde sus inicios la Renta Mínima, como la procelosa gestión de los expedientes, de los que hasta el 80% son objeto de requerimientos de documentación, ya que la mayor parte de los requisitos necesarios no son completamente verificables de forma telemática o no lo son de ninguna forma. El nuevo decreto ley establece una serie de requisitos que suponen el filtro básico de acceso a la prestación, pero favorecen, asimismo, una gestión más ágil al comprobarse el cumplimiento en el momento de la solicitud. Además, se elimina la obligatoriedad de presentar en todo caso nóminas y contratos de trabajo, quedando supeditado a los supuestos concretos en que el órgano gestor no pueda disponer de la información de manera telemática. La evolución de la pandemia, y con ella la crisis económica, ha provocado que, a pesar de la aprobación del Ingreso Mínimo Vital del Estado, el número de expedientes de la Renta Mínima pendientes de resolver se haya visto notablemente incrementado.

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En primer lugar, por el empeoramiento de la situación económica de las familias, pero también por la necesidad de revisar todos los expedientes resueltos de forma provisional por los dos decretos ley mencionados. Más de 19.000 familias beneficiarias Ante el incremento del número de familias que no podían garantizar la cobertura de sus necesidades básicas al inicio de la pandemia por Covid-19, el Gobierno andaluz aprobó nuevas normas para la concesión provisional de prestaciones de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía en aquellos casos acreditados como de urgencia o emergencia por parte de los servicios sociales comunitarios o que correspondiesen a familias que, siendo beneficiarias de la prestación, llegaran al fin de la misma durante el estado de alarma o hubieran solicitado una ampliación. También se aprobaron nuevas medidas extraordinarias, entre las que se encontraba la concesión de una prestación extraordinaria de cinco meses de duración para las solicitudes de nueva modalidad de situación de emergencia social para unidades familiares con menores a cargo o unipersonales.

De esta forma, más de 19.000 familias andaluzas han podido contar con unos ingresos mínimos de subsistencia durante varios meses. Sin embargo, la actual regulación respecto a la revisión de estos expedientes hace que este proceso haya generado un nuevo incremento en la carga de gestión. Por este motivo, la Consejería de Igualdad ha determinado otorgar un carácter excepcional a estas revisiones con el objetivo de dar respuesta a situaciones urgentes que están pendientes de ser atendidas y que esperan la resolución de sus solicitudes.

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