El BoletĆn Oficial de la Junta de AndalucĆa (BOJA) publicó el pasado 1 de junio una nueva convocatoria para que las entidades locales puedan solicitar subvenciones de cara a realizar acciones de Formación Profesional para el Empleo destinadas a personas trabajadoras desempleadas, programa que cuenta con un presupuesto de 20 millones de euros.
La convocatoria, disponible en la dirección https://juntadeandalucia.es/eboja/2022/103/index.html, establece el plazo para solicitar estas āsubvenciones pĆŗblicas, en rĆ©gimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de ofertaā desde el 2 de junio y durante un mes.
En el texto de la convocatoria, se establece que podrĆ”n participar las entidades locales previstas en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomĆa local de AndalucĆa, acreditadas o inscritas en el Registro de Centros y Entidades colaboradoras de Formación Profesional para el Empleo de AndalucĆa o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación para las especialidades formativas solicitadas.
Asimismo, las entidades locales cuentan con un catĆ”logo abierto de especialidades formativas para presentar sus solicitudes, de cara a que puedan elegir aquellas que crean mĆ”s oportunas y necesarias segĆŗn las caracterĆsticas propias de cada localidad. En todo caso, la convocatoria establece que deberĆ”n estar incluidas en el Fichero Andaluz de Especialidades Formativas (https://www.juntadeandalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/oficinavirtualFPE/EspecialidadesFP
E/ ).
Pago anticipado 100%
Una de las principales caracterĆsticas de esta convocatoria de subvenciones es que se abonarĆ” hasta el cien por cien de la subvención concedida a las entidades locales beneficiarias, con un Ćŗnico pago anticipado antes de iniciar las acciones formativas, lo que permitirĆ” a los ayuntamientos, corporaciones y entes locales no tener que comprometer sus propios recursos ni tener que adelantar fondos propios.
Colectivos
Las acciones formativas de esta convocatoria van dirigidas a personas trabajadoras desempleadas con dificultades para su inserción o recualificación profesional, que pertenezcan a algunos de estos colectivos o cumplan estos requisitos: perceptores de rentas mĆnimas de inserción social o de ingreso mĆnimo vital; parados de larga duración; mayores de 45 aƱos; inmigrantes; personas con dĆ©ficit de formación que no hayan obtenido el tĆtulo de EnseƱanza Secundaria Obligatoria o equivalente; personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social; personas que tengan reconocida la condición de refugiado y solicitantes o beneficiarios de protección internacional, del estatuto de apĆ”trida o de protección temporal; personas pertenecientes a minorĆas Ć©tnicas y aquellas personas que acrediten estar en situación o riesgo de exclusión social.
TambiĆ©n se incluyen a mujeres desempleadas en situación de vulnerabilidad y a personas desempleadas con necesidades formativas especiales, que sufran discapacidad fĆsica, mental, intelectual o sensorial.
Inicio de las acciones
La primera de las acciones formativas tendrÔ que iniciarse en el plazo mÔximo de 4 meses desde la notificación de la resolución de concesión, debiendo ejecutarse el proyecto subvencionado en un plazo mÔximo de 18 meses.
La presentación de las solicitudes deberÔ realizarse exclusivamente en la aplicación informÔtica de gestión de la Formación Profesional para el Empleo, denominada GEFOC entidades, que estÔ alojada en la oficina virtual, disponible en la dirección web