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Puente Genil
domingo, abril 28, 2024

Aprueban que vecinos y empleados de comercios del entorno de la zona azul se beneficien de tasas más reducidas

El concejal de Desarrollo Económico, José Antonio Cruz, del Ayuntamiento de Puente Genil, ha defendido la propuesta que elevará la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos en las vías públicas delimitadas como zona azul con el objetivo de ampliar las ventajas para acceder a la condición de propietarios residentes. La propuesta ha salido adelante por unanimidad de todos los grupos (PSOE, PP, IU, Cs).

El edil del PP , Joaquín Reina, propuso la incorporación de dos puntos , de un lado, la inclusión de las calles que estén acotadas en sus extremos por zona azul y de otro, a los vecinos que tengan que cochera en las vías afectadas para que se incluyan en la categoría de residente. Al respecto y » por una cuestión de orden en el caso de que se admitan estas propuestas»- dijo la secretaria- el expediente tendría que ser objeto de los informes correspondientes, de manera «que habría que posponer la propuesta». Por lo que Morales propuso dejar la moción tal cual y en el Pleno sobre las ordenanzas para 2023 se vuelva a abordar estas nuevas medidas.

En concreto, la propuesta recoge que las personas físicas y jurídicas propietarias de un vehículo que tengan establecida su residencia en calles colindantes a la zona azul y cuyas viviendas carezcan de plazas de estacionamiento, también podrán adquirir el régimen de “residentes”, consideración que actualmente la ordenanza sólo marca para aquellos propietarios cuya vivienda tiene fachada y entrada en alguno de los tramos de la zona azul.

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Con esta ampliación a las calles y zonas colindantes, de salir adelante en la sesión plenaria, “más vecinos y empleados de comercios y empresas del entorno de la zona azul se beneficiarán de tasas más reducidas, una vez que soliciten su distintivo especial de residente”.

Igualmente, el texto presenta como novedad la posibilidad de conceder más de un distintivo de residente por propietario y vehículo, siempre que se acredite la existencia de otros vehículos y otros conductores empadronados en el núcleo familiar que sean cónyuges o parientes en primer grado.

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