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Puente Genil
martes, mayo 7, 2024

El Pleno acuerda por unanimidad resolver «por incumplimiento» el contrato a la empresa concesionaria del parking del Romeral

La Alcaldía de Puente Genil ha presentado al Pleno la resolución del contrato administrativo de cesión onerosa de derecho de superficie Parking subsuelo Paseo del Romeral por incumplimiento de obligaciones esenciales del contratista que causan grave perjuicio al interés público.

La propuesta del Gobierno se lleva a cabo tras recibir varios informes, uno del Secretaría General del Ayuntamiento de Puente Genil, sobre la situación del Parking del Paseo de Romeral, otro emitido por el Tesorero Accidental sobre las deudas derivadas del impago del canon concesional y tributos derivados de laconcesión y el tercero emitido por la Policía Local sobre la situación de falta de mantenimiento, conservación y cumplimiento del funcionamiento de las instalaciones necesarias para parking en rotación. La propuesta salió adelante por la unanimidad de todos los grupos (PP, PSOE, IU y VOX).

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En base a estos informes se le concedió al contratista, acreedor hipotecario y otros titulares de derechos reales el plazo de 10 días naturales, para presentar posibles alegaciones. Al respecto, ha sido solo el Grupo quien ha presentado algunos argumentos en su defensa como que «no está identificado el incumplimiento de concreta obligación que resultara susceptible de ser causa de resolución del contrato». Entre otras alegaciones – dice la concesionaria que -«no ha existido hasta ahora requerimiento o modificación de posible incumplimiento de alguno de los deberes asumidos». La empresa alude «al principio de proporcionalidad, donde se impone la sanción más grave (resolución de contrato), la cual debe estar reservada para las conductas de mayor gravedad», que entienden no es el caso.

También hace referencia «al principio de responsabilidad, que se debe respetar de forma que los hechos que se imputen sean causa o consecuencia de los actos realizados por parte del concesionario, sin que existe causas externas o imputables a terceros que desvíen la responsabilidad del concesionario», tampoco » se identifica la conducta o incumplimiento
alguno que sea imputable al concesionario».

Tras las alegaciones de la empresa, el alcalde propuso al Pleno «desestimar las alegaciones presentadas por el contratista Grupo formular propuesta de resolución del contrato administrativo relativo a la cesión onerosa del Derecho de Superficie y solicitar el dictamen preceptivo del
Consejo Consultivo de Andalucía y suspender el cómputo del plazo para resolver y notificar el procedimiento».

El alcalde manifestó que “consideramos que es el procedimiento más
garantista para el interés público es la mejor forma de alcanzar una solución a
la viabilidad del parquing”.  

Jesús David Sánchez (IU) dijo “el informe es clarísimo, pero nos
gustaría saber si se va a buscar explicaciones a algunos incumplimientos, como
ejemplo el hecho de que no se ha abanado el canon de 3.000 euros al año y durante
seis años”.

Esteban Morales (PSOE) aclaró que “el IBI y su ejecución debe
cobrarla Hacienda Local, desde el Ayuntamiento se ha hecho todo loque se podía
hacer”. Felicitó a los servicios jurídicos y económicos por “este expediente”.

 

Una petición de Velasco que está argumentada en el «impago del canon del IBI y otros tributos, por la falta de mantenimiento y adecuado funcionamiento del parking durante más de seis años». También han detectado incumplimientos en el funcionamiento es decir, «es habitual que la entrada y salida estén abiertas y la barrera levantada por las mañanas, no funciona la máquina expendedora de ticket, ni el cajero ni la máquina de control de salida…» entre otros.

Recordamos que el aparcamiento del Romeral se otorgó a este Grupo empresarial como un derecho de superficie por el plazo de 75 años desde 2.005 para » disponer de plazas de aparcamiento tanto permanentes como en rotación para solventar el problema de aparcamiento en el entorno comercial del Romeral». De las 125, al menos 62 debían destinarse a aparcamiento en rotación y con limitaciones tarifarias.

 

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