Una juez de Puente Genil (Córdoba) ha archivado la investigación abierta contra el padre de Ángelo Jurado Marmolejo, el niño con residencia en Bristol (Reino Unido) que se encontraba en paradero desconocido con su progenitor durante seis meses, al entender que los hechos reflejados en la denuncia interpuesta por la madre del menor no eran constitutivos de un delito de sustracción de menores, informa Europa Press.
La madre interpuso una denuncia contra Rafa Jurado en marzo de 2019 cuando éste no llevó al menor al domicilio en Bristol donde residía con ella, tras una visita concertada. Karol Marmolejo denunció que ya en febrero de 2017, la Corte de Bristol tuvo que ordenar a su expareja que devolviera al niño.Por esta denuncia, la Policía británica activó la búsqueda del padre, que desapareció con el niño hasta que las autoridades españolas le detuvieron el 30 de noviembre de 2019 en el aeropuerto de Madrid-Barajas Adolfo Suárez cuando bajaba con su hijo de un avión procedente de México.Ahora, en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puente Genil, Cristina Martín Donaire, ha acordado el sobreseimiento libre al entender que en los hechos contemplados en la denuncia y ocurridos en 2017 no se dan las circunstancias previstas en el artículo 225 bis del Código Penal, que establece que, entre otros casos, la sustracción de menores se da cuando el traslado de un menor de su lugar de residencia se hace «sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente» o que incumpla «gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa».
Según explica la resolución judicial, la denunciante sostiene que llegó a un acuerdo con el padre para que el menor viajara cada mes y medio a España, por lo que, en virtud a ese pacto, el niño viajó a Puente Genil el 12 de febrero de 2017 «debiendo haber sido devuelto, según la denunciante el 19 de febrero de 2017».Sin embargo, atendiendo a las alegaciones de la defensa del denunciado, ejercida por Ospina Abogados, y de la Fiscalía, la jueza de Puente Genil afirma que ha quedado probado que «el investigado trajo a su hijo a España con conocimiento y permiso de la denunciante, que ésta en todo momento tenía conocimiento del lugar donde se encontraba su hijo menor, y que la fecha en la que se produce la supuesta sustracción, el 19 de febrero de 2017, no existía ninguna resolución judicial que estableciera el régimen de guarda y custodia.