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sábado, mayo 4, 2024

Los centros y espacios culturales de la Junta fijan, con carácter general, su aforo máximo en un 65%

Los centros y espacios culturales de la Junta fijan,
con carácter general, su aforo máximo en un 65%
Las nuevas medidas preventivas para Andalucía amplían la asistencia a 800 personas en espacios cerrados y 1500 en espacios al aire libre para cines, teatros y auditorios
La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía ha fijado las nuevas medidas preventivas de salud pública que regirán a partir del 21 de junio en la fase de salida del estado de alarma en los espacios y centros
culturales de la Consejería.
Así, los museos, colecciones museográficas y salas de exposiciones tendrán un aforo limitado al 65%, tanto para visitas como para las actividades culturales, mientras que las visitas de grupo serán de un máximo de 20 personas, incluyendo
el guía.
En cuanto a monumentos, conjuntos arqueológicos y enclaves, tanto de titularidad pública como privada (al igual que en el caso de los museos), el aforo se limitará al 75% en los espacios libres y al 65% en los cerrados. Estos porcentajes serán
de aplicación tanto a las visitas como a la realización de actividades culturales.
Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 25 personas incluido el guía, estableciendo recorridos obligatorios para evitar aglomeraciones.
Asimismo, en archivos, bibliotecas y centros de documentación no se podrá superar el 65% del aforo permitido y la devolución del material bibliográfico y
documental conllevará el sometimiento de un periodo de cuarentena.
Por otro lado, para cines, teatros, auditorios, circos y espacios similares públicos o privados, se deberá contar con butacas preasignadas, siempre que no superen el 65% del aforo permitido en cada sala, permitiendo la asistencia máxima de 800
personas para lugares cerrados y 1500 personas en actividades al aire libre.
Además, se propone el agrupamiento de espectadores cuando se trate de unidades familiares o de convivencia.
En el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas distintos, el público deberá permanecer sentado y no superar el 65% del aforo, permitiendo la asistencia de 800 personas para
lugares cerrados y 1500 personas en actividades al aire libre.
Además, con carácter general y sin perjuicio de las normas generales establecidas por autoridades sanitarias o protocolos específicos, se atenderán las recomendaciones específicas elaboradas por el Instituto del Patrimonio Cultural
de España y del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico para las tareas de limpieza y desinfección en inmuebles históricos o en proximidad de bienes culturales, extremando la limpieza en zonas de uso común y superficies de contacto más frecuentes. Se instalarán elementos y barreras de protección para el
personal de control y vigilancia en los accesos y lugares de información y atención al público, manteniendo la distancia de seguridad y estableciendo procedimientos para el recuento y el control del aforo, con carteles y otros documentos informativos sobre las medidas higiénicas y sanitarias y sobre el aforo máximo.
Por último, respecto a las medidas destinadas a colectivos artísticos, se han definido medidas de higiene y prevención (mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad, limpieza y desinfección de vestuario, etc.) y a la producción y rodaje de obras audiovisuales (equipos de trabajos reducidos al mínimo imprescindible, rodaje en espacios previa autorización del ayuntamiento,
etc.).

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