Hasta el próximo 4 de marzo permanecerĆ” abierto el plazo de consulta previa a la elaboración de una ordenanza reguladora del uso de la pirotecnia en la vĆa pĆŗblica y su uso en celebraciones y festividades de la localidad, normativa que permitirĆ” conocer los dĆas de utilización y horario autorizado para su ejecución, estableciendo ademĆ”s las modalidades de āpirotecnia frĆa y lumĆnicaā para las fiestas populares organizadas por la administración local en las que se haga uso de ellas.
La citada ordenanza tiene por objeto regular el uso indiscriminado de pirotecnia en la vĆa pĆŗblica y los riesgos que la misma conlleva para el usuario, a veces, menores de edad, mĆ”s el perjuicio que se provoca a la comunidad por los ruidos y emanaciones, hechos que alteran la tranquilidad y el orden pĆŗblico, asĆ como las consecuencias fĆsicas y emocionales a personas con diversidad funcional, y a animales.
AsĆ, con la ordenanza, se pretende reglamentar con carĆ”cter general los lanzamientos de fuegos y cohetes pirotĆ©cnicos dentro del tĆ©rmino municipal de Puente Genil, regularizando su uso en la vĆa pĆŗblica y en cualquier celebración o festividad, estableciĆ©ndose fechas y horarios y la utilización de otras modalidades de elementos pirotĆ©cnicos menos ruidosas o sin ruido.
Durante el citado plazo, colectivos o personas a tĆtulo individual que estĆ©n interesadas en realizar sus aportaciones deberĆ”n remitirlas al Ayuntamiento de Puente Genil a travĆ©s de la sede electrónica municipal para ser tenidas en consideración. El proceso permitirĆ” evaluar el reglamento vigente, la recogida y debate de aportaciones ciudadanas y la elaboración de un borrador para una posterior información pĆŗblica y aprobación definitiva de la ordenanza.