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Puente Genil
sƔbado, octubre 5, 2024

La AUGC consigue que se anule la sanciĆ³n disciplinaria a un agente de Puente Genil

El general jefe de la Guardia Civil en AndalucĆ­a da la razĆ³n a la asociaciĆ³n y anula la sanciĆ³n disciplinaria que se impuso a un agente destinado en el Puesto de la localidad cordobesaĀ ,

Si hace unos dĆ­as un tribunal militar anulaba la sanciĆ³n disciplinaria impuesta a un sargento de CĆ³rdoba, ahora es el propio general jefe de la Guardia Civil en AndalucĆ­a, Alfonso RodrĆ­guez, quien ha dictado una resoluciĆ³n estimando el recurso de los servicios jurĆ­dicos de la AsociaciĆ³n Unificada de Guardia Civiles (AUGC) y anulando la sanciĆ³n disciplinaria por falta leve que se le impuso a un guardia civil destinado en el Puesto Principal de Puente Genil.

La sanciĆ³n fue impuesta por el teniente jefe de ese puesto, bajo el concepto de Ā«retraso, negligencia o inexactitud en el cumplimiento de los deberes u obligaciones, de las Ć³rdenes recibidas, o de las normas de rĆ©gimen interiorĀ», y el agente, asesorado por los servicios jurĆ­dicos de la AUGC, interpuso el recurso de alzada ante el que ahora se le ha dado la razĆ³n.

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El abogado de la AUGC en CĆ³rdoba, Miguel Carbajo, ha declarado que Ā«nos satisface que el asesor jurĆ­dico de la Guardia Civil en AndalucĆ­a haya coincidido con nosotros en que el teniente ha incurrido en varios defectos procedimentales y ha generado indefensiĆ³n a nuestro afiliado. Entendemos que deberĆ­an evitarse estos procedimientos disciplinarios que no se corresponden con la profesionalidad y conducta de los guardias civiles en la provincia de CĆ³rdobaĀ».

En el contundente dictamen del general jefe de AndalucĆ­a se expone que Ā«la resoluciĆ³n sancionadora adolece de un relato claro y expreso de los hechos sancionadosā€¦ No se ha procedido a tomar declaraciĆ³n al encartadoā€¦ Se ha duplicado el modo de inicio del procedimientoā€¦ Cabe observar la concurrencia de tres defectos formales que determinarĆ­an la anulabilidad de la resoluciĆ³n sancionadora y una causa de nulidad de pleno derecho de la referida resoluciĆ³n, por indefensiĆ³n del sancionadoĀ».

Ahora la DirecciĆ³n General de la Guardia Civil deberĆ” devolver al afectado el dinero que le fue detraĆ­do de sus retribuciones, mĆ”s los intereses legales, asĆ­ como eliminar la anotaciĆ³n negativa realizada en su hoja de servicios. Una vez mĆ”s se confirma que, como la AUGC viene denunciando reiteradamente, que en la Guardia Civil de CĆ³rdoba se aplica un excesivo rigor disciplinario de un modo injustificado e innecesario.

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