El Ayuntamiento de Puente Genil ha emitido un bando que regula las condiciones de celebración de eventos durante las festividades de Navidad y Año Nuevo. Ante el aumento de actividades de ocio y tiempo libre en esta época, el alcalde, el Consistorio recalca la necesidad de obtener autorizaciones administrativas previas para garantizar la seguridad de los asistentes y el cumplimiento de la normativa vigente. Toda esta regulación y requisitos la establece la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía y sus reglamentos que la desarrollan.
Las solicitudes de autorización deben presentarse con una antelación mínima de 15 días hábiles. Los establecimientos con licencia de apertura en vigor pueden celebrar eventos sin permiso adicional si cumplen con los requisitos de seguridad y aforo. Los locales sin licencia, o cuya licencia no cubre eventos de esta índole, deben proporcionar documentos como seguros de responsabilidad civil, inspecciones eléctricas y de protección contra incendios, además de contar con una empresa de seguridad.
El bando establece también que las celebraciones en locales subterráneos quedan prohibidas por motivos de seguridad, y los menores de 16 años no podrán acceder, salvo excepciones legales. Para eventos con venta de entradas, estas deberán estar numeradas, y será obligatorio indicar el aforo máximo en un cartel visible en el acceso al local.
Las autoridades municipales podrán suspender cualquier evento que incumpla estos requisitos, y los organizadores que no cumplan con las normativas se enfrentarán a sanciones administrativas e incluso a la clausura del establecimiento. Con estas medidas, el Ayuntamiento de Puente Genil busca proteger la seguridad y el bienestar de sus ciudadanos durante las fiestas.