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La ordenanza reguladora de la toponimia de Puente Genil, en fase de consulta pública previa

La comisión finalizó sus trabajos y entregó sus conclusiones al Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Puente Genil ha abierto el plazo de consulta pública previa a la entrada en vigor de la ordenanza municipal reguladora de la toponimia de Puente Genil, una iniciativa que se justifica en la necesidad de “dotar de mayor transparencia y participación ciudadana a los procedimientos de nominación, así como de corregir desequilibrios históricos en la representación de determinados colectivos, en especial de las mujeres, en la nomenclatura urbana. Todo ello hace aconsejable la aprobación de una norma municipal que regule de forma sistemática esta materia y garantice la preservación del patrimonio toponímico local”.

La iniciativa para la elaboración de la Ordenanza Reguladora de la Toponimia de Puente Genil tuvo su origen en la moción aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 22 de febrero de 2023, relativa a la conservación de la toponimia de calles, plazas y lugares históricos del municipio, así como de los acuerdos plenarios posteriores y de la constitución de la correspondiente comisión interdisciplinar de estudio. En ejecución de dichos acuerdos, y con el fin de dotar a esta materia de un marco jurídico estable y coherente, se consideró necesaria y oportuna para dotar de seguridad jurídica a las decisiones municipales en esta materia, establecer un marco normativo claro y coherente y asegurar que la denominación de calles, plazas, espacios y edificios públicos se realice conforme a criterios objetivos, transparentes y respetuosos con la historia y la identidad del municipio.

“La futura ordenanza tiene como objetivo principal proteger la toponimia histórica de Puente Genil como parte integrante de su patrimonio cultural inmaterial, regular de manera clara y transparente la concesión de nuevas denominaciones a calles y espacios públicos, establecer criterios técnicos y estéticos de rotulación que garanticen la coherencia del callejero y promover una representación equilibrada de la diversidad social y cultural del municipio. Igualmente, la norma pretende fomentar el conocimiento y la divulgación del patrimonio toponímico local, reforzar la participación ciudadana en los procesos de nominación y asegurar que las decisiones municipales en esta materia se adopten con pleno respeto a los valores históricos, culturales y sociales de Puente Genil”, indica el documento.

“Como alternativa no regulatoria podría mantenerse la situación actual, resolviendo las cuestiones relativas a la toponimia mediante acuerdos puntuales del Pleno o decisiones aisladas, opción que se considera insuficiente al no garantizar estabilidad normativa ni una adecuada protección del patrimonio. Asimismo, podría optarse por la aprobación de instrucciones internas o criterios sin rango normativo, solución que carecería de la fuerza jurídica necesaria y de la estabilidad requerida. Por ello, se considera más adecuada la elaboración y aprobación de una Ordenanza Municipal Reguladora de la Toponimia, como norma de carácter general, estable y transparente, aplicable a todo el municipio”.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus aportaciones sobre los aspectos planteados durante el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en la web municipal


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